Capitulaciones o Acuerdos Prenupciales
La capitulación matrimonial es un documento formal que debe estar visado por un abogado y autenticado ante una Oficina de Registro Subalterno, antes de contraer matrimonio para que tenga sus efectos legales. Con ello se establece claramente que los bienes adquiridos antes del matrimonio pertenecen a cada uno de los contrayentes y que los que se adquieran a partir del matrimonio pasan a pertenecer a la comunidad conyugal con algunas excepciones, tales como los que se reciban por herencia, regalos a título personal, entre otros.
En muchos países también se conoce el acuerdo prenupcial como capitulación de bienes. Este es un contrato entre la pareja antes del enlace para definir los aspectos económicos dentro del matrimonio y establecer acuerdos a la hora de que se presente un divorcio o disolución del vinculo matrimonial.
Ninguna persona se casa pensando en que se va a divorciar, sin embargo, no está de más que los contrayentes estén de acuerdo en hacer este trámite siempre que lo crean conveniente.
Hay quienes prefieren hacer un acuerdo post-nupcial, que es similar al anterior, sólo que se hace después del matrimonio.
Generalmente, los acuerdos prenupciales suelen llevarse a cabo cuando hay hijos previos al matrimonio actual y bienes materiales de por medio, cuando hay una diferencia sustancial entre los bienes que posee un cónyuge y los que posee el otro, propiedades, negocios familiares o personales, sociedades, objetos materiales valiosos, obras de arte o joyas. También cuando se estima que se puede recibir una herencia, o sencillamente, si uno de los cónyuges tiene una gran cantidad de deuda, de esta manera, el acuerdo protege a uno de los miembros de la pareja de verse obligado a asumir los compromisos previos de deudas de la otra persona.
Muchas veces no son los contrayentes sino la familia de alguno de ellos, la que ejerce presión para que se realice este trámite.
Cuando ambos futuros cónyuges son jóvenes y van a comenzar un camino nuevo juntos desde cero, allí no tendría sentido realizar ningún acuerdo prenupcial ya que no existen bienes anteriores al matrimonio.
Lo importante es que antes del matrimonio la pareja converse, y si lo cree conveniente realice un acuerdo prenupcial. Ninguno debe sentirse ofendido para evitar dar comienzo a una relación dentro del marco de la desconfianza. Se deben aclarar todos los aspectos relacionados con el trámite y buscar siempre a un abogado experto en la materia que los oriente en el aspecto legal.
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